Esta sentencia se produce como respuesta a la demanda de un senegalés casado con dos mujeres y solicitante de la nacionalidad española. El Estado Español permite tener la residencia legal a personas casadas legalmente con más de un cónyuge, pero la ley española considera la poligamia un delito, penalizando con hasta un año de cárcel a las personas que se casan estando ya casadas.
"El Derecho español", explica el magistrado Luis María Diez-Picazo, " tiene «límites infranqueables» por muy abierta y tolerante que sea la sociedad. Y la poligamia es uno de ellos."
Según opina la sentencia del Supremo, «La poligamia no es simplemente algo contrario a la legislación española (está prohibido en los códigos penal y civil), sino algo que repugna al orden público español» ya que, de acuerdo con la interpretación de Diez-Picazo, «sencillamente la poligamia presupone la desigualdad entre mujeres y hombres, así como la sumisión de aquéllas a éstos».
1 comentarios:
Y sin embargo el matrimonio entre personas del mismo sexo no repugana...O las amantes y mantenidas, o las prostitutas que circulan por la calle no nos dicen nada sobre el sometimiento de la mujer al hombre... ni los anuncios con "maciza" o la docena de revistas pornográficas que encuentras en cada gasolinera del país...
Debe ser que mi forma de razonar y la de estos jueces no es la misma. Debe ser que yo y muchos como yo somos extraterrestres!
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