
El viceconsejero de Asuntos Sociales, Fernando Consuegra, ha explicado este decreto, dirigido a regular los requisitos técnicos, funcionales y de personal que deberán reunir estos centros, públicos, privados y concertados, destinados a acoger a niños y adolescentes cuyas necesidades materiales, afectivas y educativas no pueden ser cubiertas por sus familias.
El objetivo es, para Consuegra, ofertar una atención individualizada, en función de las características del adolescente, con un carácter "eminentemente educativo, con vistas a favorecer la plena integración social".
Estos centros podrán ser ocupados por niños bajo tutela temporal o permanente de la administración, así como por los que deban ser protegidos por ésta por decisión judicial.
De manera excepcional, también podrán acoger, por un periodo máximo de 18 meses, a mayores de 18 años que con anterioridad residieron en estos centros.
http://www.deia.com/es/digital/sociedad/2008/07/09/481825.php
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